Cuestionario de Operatividad de la CNBV para SOFOM de 01 de enero al 31 de diciembre del 2022.
- Unidad CURE
- 5 jul 2023
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Hacemos de su conocimiento que, con fundamento en los artículos 51-A, 57, párrafo sexto, y 87-B, párrafo octavo, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC), y el artículo 5, último párrafo, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como el artículo 19, fracción X, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, le será aplicado un cuestionario de operatividad, que tiene como objetivo recabar mayor información relativa a las actividades y operaciones que se realizan en su sector.
Este cuestionario deberá contestarse en un plazo que no podrá exceder de 10 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la recepción del correo electrónico por parte de la CNBV, en caso de ser omiso en la atención de este se realizará un requerimiento a su entidad.
Es importante que, en cada apartado, identifique las preguntas que solicitan las cantidades totales y que verifique que su respuesta coincida con la suma del desglose que debe realizar en las preguntas siguientes; en caso de que la información no coincida se considerará que remitió datos erróneos, situación que puede ser sancionada en términos de lo establecido en las Disposiciones de carácter general aplicables.
Toda la información que nos provea será estrictamente confidencial y utilizada únicamente con fines estadísticos y de actualización en el conocimiento del entorno de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas.

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